martes, 6 de noviembre de 2012

Sobre la incapacidad permanente y sus grados


La incapacidad permanente, en su modalidad contributiva, se define en nuestro sistema de Seguridad Social como “la situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y de haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral, sin que suponga obstáculo a tal calificación la posibilidad de recuperación de la capacidad laboral del inválido, si dicha posibilidad se estima médicamente como incierta o a largo plazo”.

Cualquiera que sea su causa determinante, la incapacidad permanente (en su modalidad contributiva) puede clasificarse con arreglo a los siguientes grados:

a.- Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual. Es la incapacidad que, sin alcanzar el grado de total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior a la tercera parte en su rendimiento normal para dicha profesión, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma.

b.- Incapacidad permanente total para la profesión habitual. Es la incapacidad que
inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de
dicha profesión, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.

c.- Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo. Es la situación que inhabilite por completo al trabajador para toda profesión u oficio.

d.- Gran invalidez. Es la situación del trabajador afecto de incapacidad permanente y que, por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales.

La prestación que corresponde a los tres últimos grados mencionados consiste en una pensión vitalicia, cuya cuantía se calcula en función de un porcentaje de la llamada base reguladora; ese porcentaje es diferente dependiendo del grado de incapacidad permanente que corresponda al trabajador. 

A pesar del calificativo “permanente”, el hecho de que la definición incluya la posibilidad de recuperación (aún cuando se estime incierta o a largo plazo), así como el hecho de que circunstancias sobrevenidas puedan condicionar un agravamiento de la situación clínica, llevan a que las situaciones de incapacidad permanente se puedan revisar (y, de hecho, se revisan, incluso en varias ocasiones), hasta la fecha en que el enfermo cumpla la edad de jubilación (en la actualidad, todavía establecida en los 65 años). Dicha acción de revisión de la incapacidad recibe el nombre de revisión de grado, pues como consecuencia de ella puede determinarse un cambio en el grado de incapacidad que se reconoce al trabajador (o, incluso, existe la posibilidad de que se considere que ya no está incapacitado en absoluto, si recuperase la capacidad funcional).      

Resulta bastante fácil asumir que López Rubiño no se refería a la pensión de incapacidad cuando elaboró este chiste aparecido en el último número (1 849) de El Jueves (publicado el pasado 31 de octubre), sino más bien a la pensión de jubilación (que es también vitalicia y, una vez reconocida, no suele revisarse salvo si excepcionalmente se detectara error en su reconocimiento o cálculo), la cual se extingue con el fallecimiento del beneficiario, pero hemos querido aprovechar la ocasión para hablar de la revisión de grado de la incapacidad permanente, pues la inmortalidad del vampiro puede dotar de contenido al chiste tanto en un caso como en el otro:


lunes, 5 de noviembre de 2012

Eritema en vespertilio


Esta es una entrada atípica.

Es atípica porque hemos elegido un chiste para destacar de él únicamente su dibujo.

Se trata de una tira de Ramón, perteneciente a su serie "Hipo, Popo, Pota y Tamo" (aparecida en el diario El País el pasado 27 de octubre) que presenta un mensaje en sintonía con los valores ecologistas que suelen defenderse en ella. La parte gráfica muestra el rostro de un lobo, visto de frente, y dibujado con un estilo más realista de lo que es habitual en este autor.  

Precisamente por ese estilo realista hemos querido detenernos en él:








Reparemos en el color del pelaje. Puede apreciarse que en torno a los ojos hay una franja un poco más oscura que en el resto de la frente, y si el dibujo no estuviese cortado a ese nivel, podríamos ver cómo se distribuye por el dorso del hocico: la zona oscura se dispone de tal forma que hay una zona central longitudinal, a ambos lados de la cual se abren dos alerones amplios que no solamente abarcan los ojos, sino que se extienden también por debajo de los mismos, en la zona que en el ser humano serían los pómulos.

Una lesión cutánea que típicamente aparece en la enfermedad humana llamada lupus eritematoso sistémico tiene una distribución similar: se trata de un enrojecimiento de la piel (recibe, por ello, el nombre de eritema) que en su localización más característica abarca el dorso de la nariz y se extiende por las mejillas (las regiones malares). A veces es más amplio, y alcanza también la zona de alrededor de los ojos.

Se llama, por su distribución, eritema malar, eritema en alas de mariposa o eritema en vespertilio (Hyles vespertilio es precisamente el nombre de una especie de polilla, que suele tener las alas extendidas cuando está posada sobre una superficie).     

El eritema en vespertilio, entre cuyas características está la de presentar gran fotosensibilidad, es decir, aumentar de intensidad con la exposición a la luz solar, es una lesión fugaz que suele durar días o semanas, aparece en un 30 a 60% de las personas con lupus eritematoso sistémico, y algunas veces es su manifestación inicial.

Lupus, el nombre de la enfermedad, es la palabra latina que significa lobo.

Precisamente por lo expuesto, las asociaciones de pacientes afectos por lupus eritematoso diseminado a lo largo y ancho del mundo incluyen frecuentemente en su logotipo la figura de un lobo o de una mariposa.

¿Hemos dicho ya, alguna vez, que el lenguaje médico es rico en metáforas?